La ordenanza tiene por objeto la protección y la regulación específica de la tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos, cuya posesión debe ser compatible con la higiene, la salud pública, la convivencia vecinal y la seguridad de personas y bienes, así como garantizar a los animales la debida protección y buen trato.
La ordenanza será de obligado cumplimiento en todo el término municipal y afectará a toda persona física o jurídica que por su calidad de propietario, vendedor, cuidador, domador, encargado, miembro de asociación protectora de animales, miembro de sociedad de colombicultura, ornitología o similares, se relacione con animales; así como cualquier otra persona que se relacione con estos de forma permanente, ocasional o accidental.
Mediante este tramite podrá inscribir a su animal en el Censo Municipal de los animales de compañía, tiene la finalidad de control e información facilitando el hallazgo e identificación del animal, en caso de perdida extravio o hurto o daño.
También podrá comunicar su baja.