Todos aquellos contribuyentes que lo soliciten de forma voluntaria y expresa al Ayuntamiento de Picassent, mediante este trámite, podrán acogerse a este sistema especial de pago, el cual consistirá en fraccionar el importe de los recibos del IBI Urbana y/o Rústica en seis plazos mensuales iguales con los siguientes vencimientos: 22 de mayo, 22 de junio, 22 de julio, 24 de agosto, 22 de septiembre y 22 de octubre.
El pago de las fracciones deberá domiciliarse en entidad bancaria a nombre del solicitante. Los cambios de domiciliación bancaria de pago presentados por registro de entrada de este Ayuntamiento entre los días 1 al 15 de cada mes, surtirán efectos para el mes posterior a la fecha de presentación de dicho cambio, los presentados entre el 16 y el último día del mes, surtirán efectos para el segundo mes posterior a la fecha de presentación.
La solicitud que Vd. efectúe para este ejercicio se renovará de forma automática para ejercicios sucesivos si así se establece expresamente por resolución de Alcaldía y salvo en el caso de que Vd. proceda de forma expresa a comunicar la baja de la misma.
Mediante este trámite usted podrá solicitar el alta de un plan, la baja de uno ya existente o su modificación.