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AJUNTAMENT DE PICASSENT

Tramitación estructural funcionalidad interna.

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Tramitación estructural funcionalidad interna.

Desde el día 01/10/2023 hasta el día 03/10/2040

Ayudas dirigidas a personas individuales o núcleos familiares o de convivencia para remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afecten a su autonomía personal, social y económica, y que no puedan resolver con recursos o medios económicos propios, a fin de lograr su normal desarrollo humano y social.

Las ayudas podrán otorgarse a sujetos concretos o núcleos familiares o de convivencia, con carácter periódico o, cuando se trate de servicios esporádicos y adquisiciones puntuales, por una sola vez en el ejercicio económico salvo que atiendan diversa finalidad.

  1. Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
  2. Gastos excepcionales en los que concurran circunstancias de grave o urgente necesidad social y que se consideren de interés para la atención de personas con importante problemática.
  3. Gastos destinados a cubrir necesidades básicas de la unidad familiar o de convivencia.
  4. Gastos por desplazamientos a centros sanitarios para tratamientos médicos o para la realización de acciones de formación o inserción laboral de personas desempleadas.

Podrán solicitar y ser beneficiarias de estas ayudas, aquellas personas que, hallándose en situación de grave necesidad, reúnan los siguientes requisitos:

  • No disponer de ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia.
  • Que la renta per cápita anual de los miembros de la unidad familiar o de convivencia a la que pertenezca la persona solicitante no exceda del 100% del IPREM vigente, en cómputo anual con doce pagas.
  • Que se disponga del informe técnico, emitido por los servicios sociales municipales, en el que se determine la necesidad de la acción objeto de la ayuda y se haga constar que se han agotado todos los recursos existentes encaminados a resolver la necesidad.
  • Que el beneficiario esté empadronado en el municipio de Picassent al menos durante 6 meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la solicitud, excepto en el caso de tratarse refugiados, asilados o solicitantes de protección internacional procedentes de crisis humanitarias reconocidas como tales por el Gobierno de España.

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
AJUNTAMENT DE PICASSENT - P4619600B
Pl. de l'Ajuntament, 19
46220 Picassent (València)
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