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AYUDAS MATERIAL ESCOLAR EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA, BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS

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AYUDAS MATERIAL ESCOLAR EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA, BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS

Desde el día 10/09/2024 hasta el día 29/09/2024

Personas beneficiarias y requisitos:

Alumnado mayor de edad o madres y padres, representantes o tutores legales del alumnado menor de edad, de las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, que estén empadronados en el municipio de Picassent, a la fecha de publicación de la convocatoria, matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, o en Centros de Educación Especial en el curso escolar 2024/2025, cursen o no sus estudios en la localidad. 

Deberán reunirse todos los siguientes requisitos:

  1. No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que inhabilitan para tener la condición de persona beneficiaria de la subvención.
  2. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Picassent. En caso contrario, se le notificará el incumplimiento de este requisito y dispondrá de 10 días a partir de la recepción de la notificación para encontrarse al corriente de sus obligaciones.
  4. No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, ninguna subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Picassent.

Atendiendo a la naturaleza de la ayuda, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, se dispensa del requisito de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, en aquellos casos en que concurran condiciones socioeconómicas especiales, con un informe previo de los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 

Gastos Subvencionables:

Material escolar y material didáctico complementario, en las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, en el curso académico 2024/2025 que sean realizados en comercios ubicados en Picassent entre el 22 de junio del año de la convocatoria y el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Se entiende por material escolar y material didáctico complementario, aquel que de manera indudable corresponda a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios.

Dentro del material escolar y didáctico complementario estará incluido: mochilas, estuches, folios, libretas, carpetas, forros, reglas, compases, rotuladores, lápices de colores, ceras, agendas, calculadoras, lápices, bolígrafos, gomas, sacapuntas, lápices usb, libros de lectura de ese curso escolar, y otro tipo de material fungible relacionado con el objeto de la convocatoria.

No es subvencionable el gasto en  material escolar o didáctico “inventariable”. Con carácter general, se entiende  como material escolar o didáctico inventariable, excluido de las presentes ayudas, el material no fungible  cuya vida útil sea superior a un año y cuyo precio o coste de adquisición unitario, sea igual o superior a 100 €, IVA incluido. Quedaría excluido de la ayuda, entre otros, el gasto en tablets, discos duros, ordenadores, etc… con un coste unitario de adquisición igual o superior a 100 €, IVA incluido.

CUANTÍA INDIVIDUAL DE LA AYUDA

Se concederá un máximo de 50€ por alumno o alumna y convocatoria. La cuantía de la ayuda será la indicada en el siguiente cuadro, determinada en función del gasto justificado:

Importe máximo de la ayuda

Gasto Justificado

50 €

50 € o más

40 €

40 € o más

30 €

30 € o más

20 €

20 € o más

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

  • Relación clasificada de las facturas justificativas del gasto con identificación del acreedor y del documento, su importe, concepto, fecha de emisión y fecha de pago, según modelo generado en la sede electrónica, firmada electrónicamente por la persona que figura como solicitante, o su representante (en documento adjunto en la solicitud).
  • Facturas de comercios de Picassent, a nombre de la persona solicitante/beneficiaria de la subvención, por la compra de material escolar y otro material didáctico complementario subvencionado para el curso correspondiente, así como la documentación acreditativa de su pago.
  • Las facturas deben haber sido expedidas a nombre del/la beneficiario/a de la subvención (no serán válidos como justificantes: albaranes, recibos, pagos a cuenta, presupuestos, notas de entrega, justificantes de TPV, facturas proforma u otros) por establecimientos comerciales ubicados en Picassent donde puedan adquirirse productos vinculados a los gastos generados por la compra de material escolar y didáctico.
  • Podrán aportarse copias previamente digitalizadas por la persona interesada de las facturas originales en papel, así como de la documentación original acreditativa de su pago. 
  • Previamente a escanear las facturas originales, deberán marcarse por la persona solicitante, en lugar visible y que no oculte los demás datos de la factura, la siguiente expresión:Esta factura ha sido subvencionada en el año de su emisión por el Ayuntamiento de Picassent”.

El Ayuntamiento verificará los siguientes requisitos, por medio del órgano instructor:

  • Que la persona solicitante está al corriente de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Picassent.
  • Que el/la alumno/a está empadronado/a en Picassent.
  • Que el alumno/a está matriculado/a en un centro educativo.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE PICASSENT - P4619600B
Pl. de l'Ajuntament, 19
46220 Picassent (València)
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