Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las personas solicitantes, que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos, que deben cumplirse en el momento de presentar la solicitud:
Sólo serán financiables con cargo a las presentes ayudas los gastos corrientes en los que efectivamente hayan incurrido los beneficiarios, que se hayan abonado efectivamente, que respondan de manera indubitada al mantenimiento de la situación habitacional de la familia, relativos a gasto de electricidad, agua, gas o alquiler de la vivienda habitual, realizados entre el 1 de enero de 2024 y el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
De manera general, las solicitudes tendrán que ir acompañadas de la siguiente documentación:
Solo EN EL CASO DE OPONERSE A LA CONSULTA DE DATOS, para cada uno de los miembros de la unidad de convivencia:
Solo en caso de haber SOLICITADO EL TITULO oficial de familia monoparental en la Generalitat Valenciana entre el segundo semestre 2023 o durante el año 2024, y sin resolución administrativa en la fecha de la solicitud de esta ayuda, la solicitud se acompañará además de: