La concesión y la inhumación o el depósito de cenizas, la podrán solicitar los familiares directos de la persona fallecida o la empresa funeraria contratada.
Previamente a la solicitud de este trámite deberán de informar al encargado del cementerio en las oficinas del cementerio municipal, para determinar la ubicación y descripción exacta del nicho a conceder.Teléfono: 961233653Horario: de lunes a sábado de 9:30 a 13:30 h y de 15:30 a 18 h; Domingos de 9:30 a 14 hHorario de verano: de lunes a sábado: mañanas de 9:30 a 13:30 h, tardes de 16:30 a 19:00 h
Tiempo de tramitación: El mismo día de la solicitud. Únicamente se concederán los nichos en el momento que se necesitan para efectuar una inhumación.
Documentación necesaria
Plazo de concesión del nicho: 50 años.
Concepto de pago: Concesión de nicho o concesión de columbario, y tasa de derechos en nicho. Para saber el importe a pagar, podrá utilizar la calculadora que se le ofrece.
Para saber el importe a pagar podrás utilizar esta calculadora.
En el caso de no realizar este pago en el momento de presentar la solicitud, esta se registrará (si es firmada), disponiendo de 5 días para volver aquí (Página de Inicio > "Consulta de sus trámites" > "Entradas creadas"), y hacerlo.
En el caso de presentación por parte de empresa funeraria (con certificado de persona jurídica), cualquier representante que disponga del certificado digital de la empresa, podrá realizar el pago dentro de estos 5 días siguientes a la presentación de la solicitud.
En este caso, la inhumación en el nicho o el depósito de cenizas, la podrá solicitar la persona que sea titular de la concesión, en el supuesto de que haya fallecido, serán los herederos legales o la empresa funeraria contratada.
Previamente a la solicitud de este trámite deberán de informar al encargado del cementerio en las oficinas del cementerio municipal para determinar la ubicación y descripción exacta del nicho donde se realizará la inhumación.Teléfono: 961233653Horario: de lunes a sábado de 9:30 a 13:30 h y de 15:30 a 18 h; Domingos de 9:30 a 14 hHorario de verano: de lunes a sábado: mañanas de 9:30 a 13:30 h, tardes de 16:30 a 19:00 h
Tiempo de tramitación: El mismo día de la solicitud.
Documentación necesaria:
Concepto de pago: Tasa de derechos en nicho y tasa de segundas o posteriores inhumaciones (en el supuesto de que por cualquier motivo no existan restos en el nicho, únicamente se abonará la tasa derechos en nicho).Columbarios: Únicamente tasa de derechos en nicho.
Descripción: Solicitud de traslado de restos dentro del mismo cementerio municipal, los traslado podrán ser de nicho a nicho, de fosa a nicho o de nicho a panteón.
Podrá solicitar el traslado la persona que sea titular de la concesión del nicho donde están inhumadas los restos que se quieren trasladar; en el supuesto de que haya fallecido, serán los herederos legales.
Tiempo de tramitación: 3 meses desde la presentación de la solicitud acompañada de la documentación necesaria.
Cuando se puede solicitar un traslado?: Cuando hayan transcurrido dos años desde la inhumación.
Se tiene que disponer de la concesión del nicho donde se van a trasladar los restos (no se conceden nichos para traslados).
Concepto de pago: Tasa de derechos en nicho y tasa de traslado de nicho a nicho.
Podrá solicitar el traslado la persona que sea titular de la concesión del nicho donde se encuentran inhumadas los restos a trasladar, en el supuesto de que haya fallecido, serán los herederos legales.
Concepto de pago: Tasa de derechos en nicho y tasa de traslado a otro cementerio.
Podrá solicitar el traslado la persona que sea titular de la concesión del nicho donde se depositarán los restos, en el supuesto de que haya fallecido, serán los herederos legales.
Tiempo de tramitación: En el momento que se disponga de la autorización del Ayuntamiento correspondiente.
Previamente a la solicitud de este trámite deberán de informar al encargado del cementerio en las oficinas del cementerio municipal, para determinar la ubicación y descripción exacta del nicho.Teléfono: 961233653Horario: de lunes a sábado de 9:30 a 13:30 h y de 15:30 a 18 h; Domingos de 9:30 a 14 hHorario de verano: de lunes a sábado: mañanas de 9:30 a 13:30 h, tardes de 16:30 a 19:00 h
Cuando se puede solicitar un traslado?En cualquier momento siempre que se cuente con la autorización del Ayuntamiento correspondiente y se tenga la disposición de la concesión del nicho del Cementerio de Picassent donde se *depositaràn los restos (no se conceden nichos para traslados).
Concepto de pago: Tasa de derechos del nicho.
La podrá solicitar la persona que sea titular de la concesión, en el supuesto de que haya fallecido, serán los herederos legales o la empresa funeraria contratada.
Tiempo de tramitación: El mismo día de la solicitud
Reglamento municipal de régimen interno del Cementerio municipal
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicio en el Cementerio Municipal
Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el cual se aprueba el reglamento que regula las prácticas de policía mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana